miércoles, 17 de diciembre de 2008

1.- ¿QUÉ ES UN CONTRATO DE TRABAJO?, ¿UN FINIQUITO?
RESP:
 Un contrato de trabajo es aquel documento en donde se llega a un acuerdo escrito entre el empleador y el trabajador, donde se compromete a prestar sus servicios o capacidades o conocimientos a cambio de una remuneración (el trabajador).
 Un finiquito es aquel documento en donde se llega a un acuerdo entre las partes, en donde se establece que el empleador ya no requiere o necesita de los servicios del trabajador, y se le paga las remuneraciones por el tiempo que ha trabajado con él junto con las indemnizaciones.

2.- ¿EN QUÉ CONSISTEN LAS REMUNERACIONES Y CUÁL ES SU COMPOSICIÓN?
RESP: Una remuneración consiste en el sueldo o atribuciones en dinero o especies que corresponden al trabajador por causa de su contrato de trabajo; la remuneración puede fijarse una unidad de tiempo (día, semana, quincena o mes), en ningún caso la unidad de tiempo podrá excederse de un mes.
Una remuneración puede componerse de:
 El sueldo
 El sobresueldo
 Las comisiones
 La participación
 Las gratificaciones

3.- ¿CUÁL ES EL ROL DE LAS INSTITUCINES DE PRVISIÓN?
RESP: La función de las instituciones de previsión es juntar los fondos de las remuneraciones de los trabajadores, para invertir en el futuro de ellos, ya sea para su jubilación, para su desempleo o si queda cesante, por si llegase a quedar discapacitado en un accidente de trabajo, etc.

4.- ¿CÓMO SE DESGLOSAN LOS APORTES DE LOS TRABAJADORES A LAS INSTITUCIONES DE PREVISIÓN?
RESP:
 Un 10% está destinado para capitalizar fondos para financiar una pensión de jubilación para cuando el trabajador cumpla la edad establecida, esto está destinado a un Fondo Administrativo conocido como AFP.
 Un 2.5% destinado a un seguro de invalidez y sobrevivencia, este seguro aporta los fondos necesarios para financiar pensiones del mismo trabajador por si llegase a quedar inválido antes de cumplir su jubilación o para su grupo familiar.
 Un 7% para prestaciones de salud, destinado a FONASA (Fondo Nacional de Salud).
 Un 0.6% para seguro de desempleo, que financia períodos de cesantía, para trabajadores con una permanencia mínima de un año.

5.- SEÑALA Y EXPLIQUE LOS DESCUENTOS QUE AFECTAN A LAS REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES.
RESP:
• Descuentos previsionales: son aquellos aportes que debe realizar el trabajador en instituciones de previsión; tales como: fondos para financiar una pensión de jubilación, seguro de invalidez y sobrevivencia, prestaciones de salud (FONASA) y seguro de desempleo.
• Descuentos tributarios: se trata de aquel impuesto único a los trabajadores que es un porcentaje sobre la remuneración deducidos de los descuentos previsionales, el porcentaje de los descuentos tributarios varia según el monto de las remuneraciones que percibe cada trabajador (se calcula con una tabla preparada por el SII, según la Ley de Impuesto a la Renta) .
• Retenciones judiciales: se trata de retenciones ordenadas por tribunales, como por ejemplo el tribunal de la familia; estas acciones judiciales afectan al trabajador que la justicia estima que no cumplen con los deberes de mantención y responsabilidad que tiene hacia su grupo familiar o hijos concebidos fuera de éste.
• Descuentos voluntarios: Son aquellos que el trabajador solicita se efectúen de su sueldo, como por ejemplo: cuentas cooperativas de casas comerciales, clubes deportivos, sindicatos, aporte a cuentas de ahorro, etc.

6.- ¿EN QUÉ CONSISTE EL REGISTRO OBLIGATORIO QUE DEBEN LLEVAR LAS EMPRESAS CON 5 O MÁS TRAJADORES?
RESP: el art. De la Ley 18.620 de 1987 establece que aquellas empresas que cuentan con 5 o más trabajadores deben llevar un Libro Auxiliar de Remuneraciones que debe estar timbrado por el SII.
Éste libro viene a ser u resumen de todas las liquidaciones de remuneraciones t pueden tener diferentes diseños según sean las necesidades de información y control. Este libro debe contener la siguiente información:
• Nombre del trabajador.
• Rut.
• Remuneración base.
• Horas extraordinarias.
• Asignación familiar.
• Descuentos previsionales.
• Descuentos tributarios.
• Anticipos.
• Líquido a pagar.
• Una columna para que firme el trabajador.

7.- ¿CUÁLES SON LAS 2 BASES DE CONTABILIZACIÓN DE LAS LIQUIDACIONES DE SUELDO?
RESP:
• Base a efectivo: es cuando nace el derecho del trabajador, pero depende de cuando se cancele la remuneración, en el momento que presta sus servicios para alguna entidad.
• Base de acumulación: es cuando nace el derecho del trabajador, es decir, el compromiso con el trabajador genera en el momento en que presta el servicio, independientemente de cuando se cancele la remuneración.

8.- ¿EN QUÉ CONSISTEN LAS PARTIDAS QUE NO FORMAN PARTE DE LAS REMUNERACIONES?
RESP: son todos aquellos descuentos que se le realizan a la remuneración del trabajador los cuáles están destinados a instituciones de previsión, en donde juntan fondos para su jubilación. Algunos de estos descuentos son: impuestos, AFP, ISAPRE, seguro de desempleo, etc.

viernes, 31 de octubre de 2008

miércoles, 15 de octubre de 2008

Concepto: Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especies avaluables en dinero que percibe el trabajador del empleador por causa del Contrato de Trabajo
Categorías de remuneraciones:
Articulo 42: Son remuneraciones las siguientes, no significa una enumeración taxativa.
Sueldo.
Sobresueldo.
Comisión.
Participación.
Gratificación.
Semana corrida, etc.

Beneficios y prestaciones que no constituyen remuneraciones:
Asignación de movilización o locomoción.
Asignación de colación o alimentación.
Asignación perdida de caja.
Viáticos.
Las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley.
Indemnización legal años de servicios.

Sueldo:
Estipendio fijo en dinero, pagado por períodos iguales determinados en el contrato que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 10, requisitos para catalogarlo de tal: que se reiterativo, que se pague en dinero en periodos iguales determinados en el contrato que se consecuencia de éste.

El sueldo se incluye para calcular los sgtes beneficios:
Indemnización por años de servicios.
Indemnización sustitutiva del aviso previo
Indemnización del feriado.
Remuneración del feriado.
Horas extraordinarias.
Gratificación.
Subsidios.
Asignación familiar y maternal.

Empresas obligadas para pagar gratificación local:
La presencia de tres requisitos exige la citada disposición legal a las empresas o establecimientos obligados a pagar gratificación:
Que persigan fines de lucro.
Que estén obligados a llevar libros de contabilidad, y que obtengan utilidades o excedentes líquidos en sus giros.
Las cooperativas están exentas de cumplir el primer requisito, porque es de la esencia de su constitución y de sus objetivos no perseguir fines de lucro. Sin embargo, les son aplicables los otros dos requisitos porque deben llevar contabilidad y pueden obtener excedentes líquidos.
Las cooperativas están exentas de cumplir el primer requisito, porque es de la esencia de su constitución y de sus objetivos no perseguir fines de lucro. Sin embargo, les son aplicables los otros dos requisitos porque deben llevar contabilidad y pueden obtener excedentes líquidos.

Empresas o empleadores no obligados a pagar gratificación local:
A pesar que la ley no indica quiénes están exentos de la obligación de pagar gratificación legal, creemos conveniente especificar que de la norma establecida en el citado Art. 46 se desprende claramente que no corresponde gratificar a losa trabajadores.
Sin tener obligación de hacerlo, no persiguen fines de lucro, y– Empresas o establecimientos que persiguen fines de lucro, que llevan contabilidad en forma obligatoria y que no obtienen utilidades en sus giros durante el ejercicio financiero correspondiente. En este caso la exención es temporal por cuanto si al año siguiente obtienen utilidades líquidas deben pagar la gratificación legal sin descontar las pérdidas o los ejercicios anteriores.